Facturación legal 9 min de lectura

Factura electrónica B2B en España: cuándo será obligatoria

La factura electrónica B2B en España bajo la Ley Crea y Crece: a quién obliga, formatos válidos, fechas previstas y cómo prepararse antes.

Publicado · MicroFactu

Factura electrónica B2B en España: cuándo será obligatoria

La factura electrónica B2B (entre empresas y autónomos) es uno de los grandes cambios que llegan a la facturación española. La normativa está aprobada (Ley 18/2022, conocida como Ley Crea y Crece), pero la obligación práctica no está vigente todavía: depende de un Reglamento de desarrollo aún en preparación.

Este artículo te explica qué está aprobado, qué falta, a quién afectará y cuándo. Para contexto general sobre los cambios normativos, consulta nuestra pillar sobre factura electrónica.

Resumen ejecutivo

  • La Ley 18/2022 (Crea y Crece) establece la obligación de factura electrónica en operaciones B2B.
  • La obligación entrará en vigor mediante un Reglamento de desarrollo, aún pendiente de publicación.
  • Calendario previsto: 12 meses tras publicación del Reglamento para empresas >8 M€/año, 24 meses para el resto.
  • Formatos previstos: Facturae, UBL, CII (admitirá varios).
  • Excluido: B2C (a particulares), operaciones intracomunitarias y de exportación.

Por qué llega la obligación de factura electrónica B2B

El cambio se enmarca en una tendencia europea más amplia. Italia obliga a factura electrónica B2B desde 2019 (con el sistema SDI). Francia está implantándolo de forma escalonada desde 2024. La Comisión Europea promueve la propuesta VAT in the Digital Age (ViDA) que armonizará la factura electrónica B2B intracomunitaria.

España se sumó con la Ley Crea y Crece, que cumple varios objetivos:

  • Modernizar la facturación entre empresas (eliminar el papel y los PDFs no estructurados).
  • Reducir la morosidad mediante registro centralizado de facturación y plazos.
  • Facilitar el control fiscal de la AEAT sobre operaciones B2B.
  • Alinear con los estándares europeos.

Qué dice la Ley 18/2022 exactamente

El artículo 12 de la Ley 18/2022 modifica la Ley 56/2007 para introducir la obligación. Los puntos clave:

  1. Empresas y autónomos deberán emitir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus operaciones con otros empresarios y profesionales.
  2. La obligación se desarrollará por Reglamento.
  3. El destinatario estará obligado a aceptar la factura electrónica.
  4. Habrá una plataforma pública gratuita disponible.
  5. Se exigirá interoperabilidad entre soluciones privadas y la plataforma pública.

Más detalle en nuestro artículo sobre la Ley Crea y Crece.

Cuándo entrará en vigor (calendario previsto)

La fecha exacta depende de cuándo se publique el Reglamento. El esquema es:

TramoPlazo desde publicación del Reglamento
Empresas con facturación anual > 8 M€12 meses
Resto de empresas y autónomos24 meses

Si el Reglamento se publica, por ejemplo, en septiembre de 2026, las grandes empresas estarían obligadas en septiembre de 2027 y el resto en septiembre de 2028. Las fechas reales dependen del momento de publicación.

A fecha de mayo de 2026, el Reglamento ha pasado por borrador público, audiencia y revisión por la Comisión Europea. Su versión definitiva está en preparación. Conviene seguir las novedades en el BOE.

A quién aplica la obligación

Aplica

  • Cualquier empresa (sociedad limitada, anónima, cooperativa, AIE, UTE…) con domicilio fiscal en territorio común español.
  • Cualquier autónomo con actividad económica en territorio común.
  • Las relaciones entre cualquiera de los anteriores cuando facturan a otro empresario o profesional.

No aplica

  • Facturas a particulares (B2C): no entran en el ámbito de Crea y Crece (aunque pueden estar bajo Verifactu).
  • País Vasco y Navarra: tienen sus propios sistemas forales (TicketBAI y la normativa foral navarra). La normativa estatal de Crea y Crece no se les aplica directamente.
  • Operaciones intracomunitarias (UE): rigen las normas comunitarias específicas y, en su momento, ViDA.
  • Operaciones de exportación: rigen los acuerdos internacionales y formatos del país destino.

Caso especial: B2G (a Administraciones Públicas)

Las facturas a Administración Pública española ya están obligadas a ser electrónicas desde la Ley 25/2013, en formato Facturae a través de FACe. No es nuevo y no cambia con Crea y Crece. Detalle en factura electrónica a Administración Pública.

Qué formatos serán válidos

El Reglamento concretará los formatos admitidos. Los candidatos:

Facturae

Formato XML español, ya consolidado en facturación a Administraciones Públicas. Es el favorito por inercia: hay abundante software adaptado y miles de empresas españolas ya lo usan. Más detalle en Facturae: el formato XML español.

UBL (Universal Business Language)

Estándar internacional muy extendido en Europa. Es la base técnica de PEPPOL. Tiene la ventaja de la interoperabilidad transfronteriza con países que ya usan UBL (Países Bajos, países nórdicos, etc.).

CII (Cross Industry Invoice)

Estándar de UN/CEFACT, usado en algunos sectores y países (especialmente Alemania). Menos común en España pero el Reglamento puede admitirlo.

PEPPOL

Más que un formato, es una red de transmisión + un perfil específico de UBL. Cada vez más empresas españolas se conectan a PEPPOL voluntariamente. Más en PEPPOL en España.

Lo más probable es que el Reglamento admita varios formatos para no romper sistemas ya implantados. La interoperabilidad (que un emisor en Facturae pueda enviar a un receptor en UBL sin problemas) es uno de los objetivos centrales.

La plataforma pública vs soluciones privadas

La Ley contempla dos vías para emitir y recibir factura electrónica:

Plataforma pública

Una solución gratuita que ofrecerá el Ministerio de Asuntos Económicos. Pensada como opción mínima viable para autónomos y pymes pequeñas que no quieran o no puedan invertir en software comercial. Operará con Facturae como formato base.

Soluciones privadas

Cualquier software de facturación adaptado de un proveedor comercial. Tendrán que estar adheridas a la red de intercambio para garantizar interoperabilidad con la plataforma pública y con otras soluciones privadas.

En la práctica, la mayoría de las empresas con cierto volumen usarán software comercial (más cómodo, integrado con su contabilidad, con soporte). La plataforma pública será una opción para los más pequeños o como respaldo.

Cómo se relaciona la factura electrónica B2B con Verifactu

Esta es una pregunta crítica. Las dos normativas conviven:

AspectoVerifactu (RD 1007/2023)Crea y Crece (Ley 18/2022)
Qué controlaIntegridad y trazabilidadFormato y transmisión
MecanismoHash + QR + envío AEAT opcionalXML estructurado + intercambio interoperable
ÁmbitoB2B y B2CSolo B2B
Vigencia2026 sociedades, 2027 autónomosPendiente de Reglamento

Una factura B2B emitida por una sociedad española (cuando ambas normas estén operativas) tendrá que cumplir las dos:

  1. Verifactu: hash encadenado, QR, registro firmado.
  2. Crea y Crece: formato XML estructurado (Facturae u otro), envío al destinatario interoperable.

El software de facturación moderno cubre ambas patas en el mismo flujo: emites la factura, el sistema genera el registro Verifactu (con su hash y QR) y el fichero Facturae para el destinatario. Tú no notas la diferencia: es transparente.

Qué hacer hoy si eres empresa B2B o autónomo

Aunque la obligación de Crea y Crece aún no es exigible, hay pasos sensatos que dar:

1. Identifica el peso de tu facturación B2B

Si más del 50% de tus facturas son a otras empresas, la obligación te impactará de lleno. Si son a particulares, te impactará menos (aunque Verifactu sí aplica a todo).

2. Asegúrate de que tu software tiene hoja de ruta para Crea y Crece

Pregunta al proveedor: “¿Vuestro producto está preparado para emitir Facturae estructurado y para conectarse a la plataforma pública o a la red de intercambio cuando entre en vigor el Reglamento?”. Si la respuesta es vaga, plantéate cambiar.

3. Resuelve Verifactu primero

Verifactu tiene fechas más cercanas y certeras. Resuelve esa parte (con software conforme al RD 1007/2023). Cuando llegue Crea y Crece, será una ampliación natural si tu software es serio.

4. Mantente informado

Suscríbete a las novedades del BOE relacionadas con la Ley 18/2022. Cuando se publique el Reglamento, sabrás cuándo te toca y tendrás 12 o 24 meses para adaptarte.

Errores y mitos frecuentes

”Ya estoy emitiendo facturas en PDF, eso es factura electrónica”

No. Una factura en PDF no es factura electrónica estructurada en el sentido de Crea y Crece. Para cumplir la obligación, el formato tiene que ser legible automáticamente por máquinas (XML estructurado), no un documento visual.

”La obligación entró en vigor en 2024”

No. Lo que entró en vigor en 2024 fueron varias disposiciones de la Ley Crea y Crece, pero no la obligación de factura electrónica B2B. Esa obligación está pendiente del Reglamento.

”Solo afecta a las grandes empresas”

Falso. Afectará a todas las empresas y autónomos B2B, escalonado por tamaño. Las grandes (>8 M€) van primero, pero el resto (incluida la inmensa mayoría de pymes y autónomos) tendrá que cumplir 24 meses después.

”Si tengo Verifactu, ya tengo Crea y Crece”

No exactamente. Verifactu controla la integridad, Crea y Crece estandariza el formato. Son complementarias. Tu software debe cubrir ambas, pero el cumplimiento de una no implica el de la otra.

Conclusión

La factura electrónica B2B obligatoria en España es una realidad legalmente, pero su exigibilidad práctica espera al Reglamento de desarrollo. Cuando llegue, el calendario será escalonado: 12 meses para grandes (>8 M€) y 24 meses para el resto desde la publicación del Reglamento.

Si eres empresa B2B o autónomo con clientes empresa, prepárate. La dirección del cambio es clara y no hay vuelta atrás. Lo prudente es resolver Verifactu primero (con su fecha más cercana) y asegurarte de que tu software también está pensado para Crea y Crece cuando llegue.

Si quieres una solución que cubra ambas normativas con la misma instalación, nuestro paquete básico está preparado: Verifactu de serie, formato Facturae listo para emitir, y se adapta a Crea y Crece cuando el Reglamento entre en vigor.

¿Tu negocio tiene casuística específica B2B/B2C? Cuéntanosla.

#factura-electronica #b2b #ley-crea-y-crece #ley-18-2022 #pymes