Tipos de IVA en España (21%, 10%, 4%): cuándo aplicar cada uno
Guía completa de los tipos de IVA en España: 21% general, 10% reducido y 4% superreducido. Lista de productos por tipo, casos prácticos y excepciones.
Tipos de IVA en España (21%, 10%, 4%): cuándo aplicar cada uno
España tiene tres tipos principales de IVA más operaciones exentas. Saber cuál aplicar a cada operación es básico para emitir facturas correctas y no tener problemas con la AEAT. Este artículo te da la tabla completa, ejemplos por sector y los casos límite.
Para contexto, ten a mano la pillar factura electrónica y nuestro artículo sobre cómo calcular el IVA trimestral.
Tabla resumen
| Tipo | Porcentaje | Para qué |
|---|---|---|
| General | 21% | Mayoría de bienes y servicios |
| Reducido | 10% | Bienes y servicios con sensibilidad social |
| Superreducido | 4% | Productos esenciales y de primera necesidad |
| Exento | 0% | Operaciones específicas exentas (art. 20 LIVA) |
| No sujeto | 0% | Operaciones fuera del territorio español (exportación, intracomunitario B2B) |
Cada tipo está regulado por el artículo 91 de la Ley 37/1992 del IVA.
Tipo general (21%)
Para qué aplica
El 21% es el tipo por defecto. Si un producto o servicio no está específicamente en la lista de reducido o superreducido, aplica el 21%.
Ejemplos de servicios y bienes al 21%:
- Servicios profesionales (consultoría, programación, diseño, abogacía).
- Productos electrónicos, ropa adulto, juguetes.
- Restaurante con bebidas alcohólicas (la parte de alcohol).
- Vehículos turismo.
- Mantenimiento, reparaciones generales.
- Telecomunicaciones, internet, telefonía.
- Cosmética y perfumería.
- Mobiliario, electrodomésticos.
Cuándo es seguro aplicarlo
Si dudas entre 21% o 10%/4%, aplica el 21%. Es el por defecto y el “error en exceso” no es sancionable (perjudica al cliente, no a Hacienda).
Tipo reducido (10%)
Para qué aplica
Productos y servicios con sensibilidad social o acceso garantizado:
- Hostelería y restauración (consumo en establecimiento, salvo bebidas alcohólicas).
- Transporte de viajeros (autobús, taxi, tren, avión nacional).
- Productos farmacéuticos veterinarios.
- Vivienda nueva (compra primera vivienda).
- Espectáculos culturales en directo (cine, teatro, conciertos, museos).
- Servicios funerarios.
- Gafas correctoras, lentillas, audífonos.
- Productos sanitarios específicos.
- Servicios deportivos (gimnasios, instalaciones).
- Servicios de limpieza en vías públicas.
- Recogida de residuos.
Casos típicos
Restaurante: comida y refrescos al 10%, vinos y cerveza al 21%.
Hotel: alojamiento al 10%.
Taxi: 10%.
Tipo superreducido (4%)
Para qué aplica
Productos esenciales o de primera necesidad:
- Pan común, harina panificable.
- Leche, queso, huevos.
- Frutas, verduras, hortalizas, legumbres frescas o congeladas (no procesadas).
- Libros, periódicos, revistas (no publicaciones de pornografía o publicidad).
- Medicamentos de uso humano.
- Viviendas de protección oficial (régimen especial).
- Vehículos para personas con movilidad reducida.
- Prótesis, sillas de ruedas, productos para discapacidad.
Casos típicos
Supermercado: pan al 4%, bollería al 10%, refrescos al 10%, alcohol al 21%, productos de droguería al 21%.
Farmacia: medicamentos prescritos al 4%, otros productos sanitarios al 10%, cosmética al 21%.
Tipo cero efectivo: alimentos básicos (medida temporal)
España aplicó 0% transitorio durante 2023-2024 a algunos alimentos básicos por inflación. A 2026, esa medida ha terminado y los productos vuelven al 4% (pan común, leche…).
Comprueba el BOE periódicamente: si vuelven medidas similares por crisis económica, tu software debe actualizarse.
Operaciones exentas
Operaciones que NO llevan IVA por exención (art. 20 LIVA):
- Servicios sanitarios prestados por profesionales sanitarios.
- Enseñanza reglada y clases particulares de materias del sistema educativo.
- Servicios financieros (bancos, seguros, pensiones).
- Servicios postales públicos.
- Alquiler de vivienda para uso residencial (no para uso comercial).
- Operaciones inmobiliarias específicas (segunda transmisión de inmueble).
- Servicios artísticos (teatro, danza, música) realizados por personas físicas.
En facturas exentas: importe sin IVA + mención legal “Operación exenta - art. 20.X LIVA”.
Operaciones no sujetas
Operaciones que NO llevan IVA español por reglas de localización:
- Exportaciones fuera UE: art. 21 LIVA.
- Operaciones intracomunitarias B2B con NIF VIES: art. 25 LIVA.
- Servicios prestados a empresas fuera UE: arts. 69-70 LIVA.
Detalle en cómo facturar a cliente extranjero fuera UE.
Casos por sector
Restaurante
- Comida en establecimiento: 10%.
- Bebidas alcohólicas (cerveza, vino, licor): 21%.
- Pan en mesa: 4%.
- Take-away (depende): comida 10%, alcohol 21%.
Tienda de ropa
- Toda la ropa adulto y niño: 21%.
- Calzado: 21%.
Farmacia
- Medicamentos uso humano: 4%.
- Productos sanitarios específicos: 10%.
- Higiene personal, cosmética: 21%.
Construcción y reformas
- Obra nueva vivienda: 10%.
- Rehabilitación viviendas: 10%.
- Reformas no rehabilitación: 21%.
- Obra para administración pública: 21%.
Servicios profesionales
- Casi siempre: 21%.
Hostelería
- Consumo en establecimiento: 10% (excepto alcohólicas 21%).
- Comida para llevar: 10% comida, 21% alcohol.
Transporte
- De viajeros: 10%.
- De mercancías: 21%.
Errores frecuentes con tipos de IVA
”Aplico 21% a todo por seguridad”
No es ilegal pero penalizas a tu cliente (paga más IVA del que correspondería). En B2C no recuperable. En B2B puede deducirlo el cliente, así que es menos grave.
”Aplico 10% a una bebida alcohólica en restaurante”
Error. El 10% es solo para comida y bebida no alcohólica en establecimiento. Alcohol al 21% siempre.
”Mi software aplica 21% a todo automáticamente”
Si tu actividad mezcla tipos (por ejemplo, restaurante), tu software debe distinguir por producto. Configúralo correctamente al inicio.
”He aplicado IVA exento a una clase de inglés recreativa”
La exención educativa cubre clases de materias del sistema educativo. Una clase recreativa o de ocio sin certificación oficial puede ir con IVA al 21%. Consulta con asesor.
Conclusión
España tiene tres tipos principales de IVA (21%, 10%, 4%) más exentos. Aplicar el correcto es básico para emitir facturas correctas. El 21% es el por defecto; los reducidos van a productos específicos listados en el artículo 91 LIVA.
En caso de duda, aplica el general (21%) — error sin sanción. Pero lo correcto es configurar bien por producto en tu software.
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